viernes, 22 de febrero de 2013

CCOO los Rajoy de Securitas






 

Madrid a 22 de Febrero de 2013


EXISTE UN DERECHO A INDEMNIZACION POR LAS INJURIAS GRAVES REALIZADAS POR ESCRITO Y CON PUBLICIDAD EN INTERNET:

 

 “A) El delito de injurias graves con publicidad de los Art. 208, 209 y 211 del Código Penal se consuma justamente cuando se produce la lesión de la dignidad, o el menoscabo de la fama y consideración ajena, lo que en esencia exige que la publicación salga de la esfera y dominio de su autor, de manera que la dinámica comisiva abarca un periodo.”

 

El día 19 de Febrero de 2013 se recibe por el correo electrónico particular de dos afiliados de USO, un mensaje de la sección sindical de CCOO en Securitas firmado por Juan Manuel Perianes.

 

Articulo 44.3 de la LOPD

 

“El incumplimiento del deber de información al afectado acerca del tratamiento de sus datos de carácter personal cuando estos no hayan sido recabados del propio interesado se considera infracción grave (Art. 44.3.LOPD) y la sanción oscila entre los 40.001 y 300.000 EUROS.”

 

En este mensaje se publicita un Blog que dicha sección sindical tiene, haciéndose eco de un supuesto correo electrónico, en el que un supuesto arrepentido, describe que existe una persona dada de alta en Servicios Securitas S.A. y que esta empresa paga sus cotizaciones a la Seguridad Social, tiene retenciones de IRPF, se la paga mediante nómina mensualmente ingresándole el dinero en una cuenta bancaria, como el resto de personal de esta empresa ¿no?

 

También dice este supuesto arrepentido, que durante dos años a estado mecanizando el cuadrante de esta persona con horas sindicales hasta que un día vio la luz y decidió que era una injusticia, obviando las que el a permitido en los años que llevaba en la empresa,(despidos, sanciones, etc.)

 

Este supuesto arrepentido, aprendiz del famoso “Garganta Profunda”, pero en versión Torrente, pretende enmascarar las verdaderas razones de su inclusión en el despido colectivo, con una supuesta reunión en la que por primera vez en su vida, pregunto algo, ya que antes o no le hacía falta, o le daba igual.

 

 

 

Recordarle a este supuesto arrepentido y de paso a Juan Manuel Perianes, miembro de la sección sindical de CCOO en Securitas, que la Sección Sindical de USO en Securitas es ESTATAL y dispone como tal, horas sindicales a nivel nacional para disponer de ellas como considere oportunas, así como de los nombramientos y funciones de sus afiliados que quedan reflejados en sus estatutos, públicos y abiertos a cualquier consulta.

 

Esta pseudo publicación tiene a bien, poner en la cabecera una comparación y una burda composición sobre Bárcenas y la Unión Sindica Obrera (USO) en la que se olvida de que los miembros de CCOO no tiene solo 40 horas sindicales, también disponen de las horas sindicales del Comité de Riesgos Laborales, (ilimitadas siempre que se justifiquen) y una persona liberada, miembro del comité de empresa por CCOO.

 

También se olvidan de que sus socios tienen a dos personas liberadas desde hace muchos años, siendo plenamente conocedores de este hecho, y el arrepentido también, ¿ahí sí os cuadran las cuentas? ¿Dónde esta su denuncia, publicación, escrito, etc.?

 

Y que decir de los que consiguen pluses a familiares, sin merecérselo, de los que han tenido durante mucho tiempo 300 o 400 razones mensuales para callar.

 

Creáis dudas donde no las hay y escondéis la mano después, quizás y antes de publicar nada, deberíais conceder el beneficio de la duda, pedir explicaciones, no conceder credibilidad a supuestos arrepentidos, ya que mañana cualquiera puede recibir otros correos de supuestos arrepentidos y decir cualquier cosa.

 

Esta pretensión enfermiza que os obsesiona se dirimirá donde tiene que ser y donde tendréis que aportar el supuesto mail del supuesto arrepentido que habéis publicitado, y dar explicaciones de porqué utilizáis datos privados de personas que no pertenecen a vuestro sindicato para dar publicidad de esto.

 

Un saludo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario