jueves, 20 de noviembre de 2014

Periodo vacacional 2015



Buenos días, como ya sabrás el periodo para la petición de vacaciones correspondiente al año 2015 finalizó el 25 de Octubre.

La empresa a estado enviando Burofáx o entregando comunicados en mano mediante inspectores a los VS. que no realizaron dicha petición en tiempo y forma, con los periodos vacacionales que ellos creen, amparándose en necesidades operativas.

Si tienes las vacaciones entregadas en tiempo y forma, selladas y firmadas por la empresa, o bien están reflejadas en el cuadrante de servicio, o tu caso es que no estas de acuerdo con las vacaciones que te quiere imponer la empresa, esta información te interesa.

El día 26 de Noviembre la comisión de cuadrantes del Comité de Empresa se reunirá para solucionar estos casos a los que he hecho referencia y el día 28 el Comité de Empresa tendrá una reunión extraordinaria sobre este tema.

Si quieres reclamar tu periodo vacacional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te mantendré informado sobre el desarrollo de estas reuniones y las acciones a tomar en caso de reclamación o denuncia al juzgado de lo social.

Recibe un cordial saludo.

Sección Sindical Estatal USO Securitas
Av. Ensanche de Vallecas, 37  (2ª planta)
Metro La Gavia Línea 1/EMT  Nº  142 y 145
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lunes, 15 de septiembre de 2014

PETICIÓN DE VACACIONES 2015




PETICIÓN DE VACACIONES 2015 


Según el acuerdo firmado por el Comité de Empresa, las vacaciones de los trabajadores de Securitas Seguridad España S.A. delegación de Madrid, se tendrán que peticionar por escrito y con recibí, tanto la quincena de verano como la de invierno, antes del próximo día 25 de octubre de 2014 ya que todo aquel trabajador que no hubiese hecho esta petición en los términos antes descritos, se le adjudicará las vacaciones que la compañía considere oportunas. Evidentemente sabéis que en las quincenas preferentes os corresponden 16 días de vacaciones, no olvidarse.


Quincenas preferentes: 



1.-   1ª de Junio
2.-   2ª de Junio
3.-   1ª de Julio
4.-   2ª de Julio
5.-   1ª de Agosto
6.-   2ª de Agosto
7.-   1ª de Septiembre
8.-   2ª de Septiembre
9.-   2ª de Diciembre










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A LA ATENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PERSONAL DE
SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA S.A.  MADRID

C/ Entrepeñas n º 27
28051 MADRID


Madrid a ____ de _______________________ de 201___


D. __________________________________________________________

ASUNTO: SOLICITUD DEL PERIODO VACACIONAL DEL AÑO 201___

Conforme a los acuerdos firmados entre la Representación de los Trabajadores y la Empresa el día 28 de Enero del año 2013 y actualmente vigentes.

Mis periodos vacacionales son los siguientes:



1º.- Del día         al día        del mes de                            del año  201


2ª.- Del día         al día        del mes de                            del año  201



Centro de trabajo actual___________________________________________



Jefe de servicios_________________________________________________
                                  


                                                          
                                                          
 Recibí de la empresa:                            Fdo.:




                                                              

miércoles, 10 de septiembre de 2014

UGT Y CCOO UTILIZARÓN DE FORMA FRAUDULENTA DINERO DE LA FORMACIÓN TAMBIÉN EN BALEARES

UGT y CCOO y empresarios en Baleares utilizaron de forma fraudulenta dinero público destinado a la formación de trabajadores

UGT y CCOO, patronal y empresas de formación en Baleares engordaron la petición de subvenciones para quedarse con dinero para sus actividades particulares según ha podido saber en exclusiva Antena 3. La investigación detecta que idearon un método para realizar este fraude de manera sistemática. Ya hay datos sobre varios años, pero la investigación sigue abierta.

antena3.com  |  Madrid  | Actualizado el 09/09/2014 a las 22:01 horas
La Fiscalía Anticorrupción de Baleares investiga desde junio de este año cómo UGT, Comisiones Obreras y dos patronales de las islas inflaban partidas millonarias de cursos para parados de manera sistemática. Desviaban el dinero a sus propias organizaciones. Ocurrió entre los años 2007 y 2011.
Tenían un sistema premeditado para inflar el coste de los cursos y desviar partidas procedentes de los presupuestos generales del estado. El fraude consistía en contratar y subcontratar servicios a entidades vinculadas, en ocasiones creadas a propósito, con el único fin de obtener, a base de subvenciones, un beneficio para el grupo.
En el caso de Comisiones Obreras, Anticorrupción detecta que el sindicato intentaba justificar gastos irregulares: publicidad sin autorización o incluso nóminas de trabajadores sin acreditar que trabajaran en esos cursos. En realidad cumplían otras funciones en el sindicato. Las subvenciones ascienden a casi un millón de euros, de las que Comisiones no puede justificar más de 144.00 euros.
En el caso de UGT, Anticorrupción detecta falta de transparencia en su gestion de los cursos. Con el dinero de las subvenciones, subcontrata a sus propias organizaciones, algo que está prohibido. De una partida de casi 900.000 euros, el sindicato no puede justificar ni una tercera parte.
Las organizaciones empresariales CAEB y PIMEB imputaron diversos gastos con el mismo sistema  desviando dinero de las subvenciones a actuaciones particulares de las dos asociaciones.
El dinero no justificado supera los 400.00 euros y ahora la fiscalía Anticorrupción enviará toda la documentación al juez del caso.



Enlace a la noticia.



lunes, 28 de julio de 2014

Incumplimiento del Art. 61 del Convenio de Seguridad Privada (prestación por hijo minusvalido).


Pluses de puesto de trabajo

Hemos recibido varias quejas de trabajadores (afiliados a USO y no afiliados) sobre las constantes reclamaciones de los pluses de sus puestos de trabajo (IFEMA, etc.) que deben de realizar a personal por la falta de abono de los mismos mensualmente.

Se dan casos de acumulación de impago de varios meses o de pagos de cantidades inferiores al mismo, fraccionándose el devengo de los mismos en varias cantidades y extendiéndose en el tiempo.

Desde esta Sección Sindical nos dirigimos a la dirección de personal de Madrid explicado esta situación y el malestar que crea en los compañeros,como respuesta obtuvimos la tan manida explicación de que el sistema Securitas 365 (antiguo CLAU) no permite incluir mensualmente en la orden de trabajo de estos trabajadores, estos pluses por lo que tiene que hacerlo manualmente.
Además de que están pendiente de una reunión para incluirlo en dicho sistema.

Ante esta solución que se alarga en el tiempo lo indecible, nuestra solución es la que ya estamos dando a los trabajadores que se han puesto en contacto con nosotros por este problema, seguir reclamando siempre que ocurra este retraso en los pluses y denunciar esta situación oficialmente para lo que ponemos a vuestra disposición nuestra asesoría jurídica.

Para mas información,poneros en contacto con nosotros.

Un saludo.

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Cuadro de jubilaciones anticipadas.


Pincha en la imagen para verlo mas claro.


Informe de la UCSP sobre la no caducidad del TIP por la inactividad de dos años.

En este informe de la Unidad Central de Seguridad Privada, se informa que, a la espera del reglamento de la Ley de Seguridad Privada 05/2014 de Abril de 2014 que la regule, el periodo de inactividad de dos años por el que se caducaba el T.I.P. deja de tener vigencia, quedando plasmado en la nueva Ley la caducidad de 10 años de esta identificación del personal de Seguridad Privada.

Un saludo.



http://www.calameo.com/read/000707367f33476892af8

Acuerdo horas extras Securitas Seguridad España S.A.

Este es el acta de la Comisión Negociadora del Despido Colectivo Securitas Seguridad España S.A. firmado por USO-UGT-CCOO en el que se acuerda que los trabajadores no sujetos a un sistema de computo anual, comenzarán a devengar horas extraordinarias,procediéndose a su abono en el mes siguiente, es decir, la horas extras vuelven a cobrarse a mes vencido.

Un saludo




http://www.calameo.com/read/0007073673283b81f8c24





lunes, 3 de febrero de 2014

ASAMBLEA DE AFILIADOS,DELEGADOS Y SIMPATIZANTES DE LA FTSP USO MADRID

A/A: DE TODOS LOS DELEGADOS ,AFILIADOS Y SIMPATIZANTES
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL INFORMATIVA
 ORDEN DEL DIA: NEGOCIACION COLECTIVA Y SITUACION DEL SECTOR

Se adjunta convocatoria de la asamblea para el próximo día 6 de Febrero 
en turno de mañana y tarde en la sede del Sindicato en 
la C/ Vallehermoso,78  5ª planta.
 Horario de mañana: 12:00 H
 Horario de tarde: 17:00 H
 Sin otro particular, esperamos la asistencia
 Secretario de Organización
  FTSP USO-Madrid

http://www.calameo.com/read/00070736714b410d4318f

viernes, 31 de enero de 2014

ASAMBLEA DE TRABAJADORES DE SECURITAS DELEGACIÓN DE MADRID

ASAMBLEA DE TRABAJADORES DE SECURITAS EL PRÓXIMO DÍA 4 DE FEBRERO


A TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DE SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA, DELEGACIÓN DE MADRID.


El pasado día 20 de enero, la empresa Securitas tomo la decisión de descolgarse del actual convenio de seguridad que engloba a todas las empresas de seguridad comunicándoselo tanto a los Comités de Empresa como a las Secciones Sindicales. Por ello el pasado día 23 de enero se reúne el Comité de Empresa de Securitas en Madrid adoptando las siguientes medidas : 

 Hacer una carta a la dirección de la empresa mostrando nuestra  total y rotunda oposición a dicho descuelgue de la empresa.

 Emplazar a todos los trabajadores a una asamblea informativa, para determinar que medidas tomar y explicar la situación. SERÁ EL PRÓXIMO DÍA 4 DE FEBRERO EN EL SALÓN DE ACTOS DE CCOO EN LA C/ LOPE DE VEGA, 38. La asamblea se hará en horario de 10:00 h por la mañana y a las 16:30 por la tarde.

Todas estas medidas fueron consensuadas entre todos los miembros del comité. Por lo cual rogamos vuestra asistencia. ¡¡¡¡¡VOSOTROS DECIDÍS, SI NO ASISTES Y NO TE MUEVES, DESPUÉS NO TE QUEJES!!!!!!! . ASISTE Y DECIDE TU FUTURO NO SE LO DEJES A OTROS.

Por ultimo y viendo que en otras empresas del sector se ha iniciado el mismo procedimiento, este comité insta,  a los comités de estas empresas, a convocar a todos sus trabajadores/as para que se sumen a la asistencia de esta asamblea.

domingo, 12 de enero de 2014

Nueva numeración cuentas bancarias (IBAN) 01 de Febrero de 2014



EL BANCO DE ESPAÑA INFORMA SOBRE LA NUEVA NUMERACIÓN  DE LAS CUENTAS BANCARIAS QUE SE PRODUCIRÁ EL 01 DE FEBRERO DE 2014.


pincha el enlace


http://www.calameo.com/read/00070736700e44f450fcc

NUEVO MODELO 145 DE COMUNICACIÓN DE DATOS AL PAGADOR

NUEVO MODELO 145 DE COMUNICACIÓN DE DATOS AL PAGADOR


Para que el pagador de los rendimientos del trabajo tenga en cuenta la situación personal y familiar del perceptor, incluida la relativa a la obligación de satisfacer pensiones compensatorias al cónyuge o anualidades por alimentos, fijadas ambas por decisión judicial, así como la circunstancia de estar destinando cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que vaya a tener derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, el perceptor deberá presentar la correspondiente comunicación de datos.
Los datos que deberá conocer de sus trabajadores son:
  • Situación familiar (soltero, viudo, divorciado, casado, con hijos, etc.).
  • Grado de discapacidad.
  • Movilidad geográfica, si el trabajador se encontraba desempleado y para ocupar dicho puesto ha trasladado su residencia habitual.
  • Prolongación de la actividad laboral, una vez cumplidos los 65 años.
  • Si satisface una pensión compensatoria a favor del cónyuge por orden judicial.
  • Si satisface anualidades por alimentos a favor de los hijos por orden judicial.
  • Si destina cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que vaya a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual.
La presentación de comunicación de datos al pagador, debidamente firmada, deberá efectuarse en elmodelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagado sin que sea preciso reiterar en cada ejercicio dicha comunicación en tanto no varíen los datos anteriormente comunicados.
La comunicación de los datos relativos a la situación personal y familiar del perceptor, deberá efectuarse con anterioridad al día primero de cada año natural o del inicio de la relación laboral, considerando la situación que previsiblemente vaya a existir en dichas fechas.
El pagador deberá conservar a disposición de la Administración tributaria, junto a las comunicaciones presentadas por los perceptores, los documentos que hayan sido aportados acompañando a las mismas.
La falta de comunicación al pagador de las circunstancias personales y familiares, así como de la realización de pagos que influyen en la determinación del tipo de retención, determinará que aquél aplique el tipo de retención correspondiente sin tener en cuenta dichas circunstancias.
Las variaciones en los datos previamente comunicados al pagador que se produzcan durante el año y que supongan un menor tipo de retención podrán ser comunicadas a efectos de su regularización y surtirán efectos a partir de la fecha de comunicación, siempre y cuando resten, al menos, 5 días para la confección de las correspondientes nóminas.
Asimismo, las variaciones en los datos previamente comunicadas al pagador que supongan un mayor tipo de retención deberán ser comunicados al pagador en el plazo de 10 días desde que tales situaciones se produzcan y se tendrán en cuenta en la primera nómina a confeccionar con posterioridad a esa comunicación, siempre y cuando resten, al menos, 5 días para la confección de la nómina.
En particular, tienen esta consideración las siguientes circunstancias:
  1. Cuando por resolución judicial el perceptor de rendimientos del trabajo dejase de estar obligado a satisfacer una pensión compensatoria a su cónyuge o anualidades por alimentos a favor de los hijos.
  2. Cuando en el curso del año natural el cónyuge del contribuyente obtuviera rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas.
  3. Cuando en el curso del año natural se produjera una variación en el número o en las circunstancias de los ascendientes que diera lugar a una disminución en el mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención.
  4. Cuando en el curso del año natural el contribuyente deje de destinar cantidades a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena.
  5. Cuando en el curso del año natural el contribuyente que haya comunicado que está destinando cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual y perciba rendimientos del trabajo procedentes, simultánea o sucesivamente, de dos o más pagadores, obtenga una cuantía total superior a 33.007,2 euros anuales o a 22.000 euros anuales.
  6. Cuando, por incumplimiento de alguna de las condiciones determinantes de su aplicación, los contribuyentes que hubieran optado por la aplicación del régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español queden excluidos de dicho régimen.
PINCHA EL ENLACE


http://www.calameo.com/read/0007073675f9a42d55133