En este informe de la Unidad Central de Seguridad Privada, se informa que, a la espera del reglamento de la Ley de Seguridad Privada 05/2014 de Abril de 2014 que la regule, el periodo de inactividad de dos años por el que se caducaba el T.I.P. deja de tener vigencia, quedando plasmado en la nueva Ley la caducidad de 10 años de esta identificación del personal de Seguridad Privada.
Un saludo.
http://www.calameo.com/read/000707367f33476892af8
No hay comentarios:
Publicar un comentario